www.bibliotecajuridica.creab.org/diccionario_de_terminos_juridicos_y_voces_latinas/diccio_archivos/term_jur_archivos/E.htm
SEGÚN EL CÓDIGO PENAL, LA DEFINICIÓN DE FRAUDE ES:
"
2.1 DEFINICION DE FRAUDE
Antes de hablar acerca de los distintos tipos de fraude que vamos a analizar, debemos dar algunas definiciones sobre lo que son los mismos:
1. El Fraude es una sustracción hecha maliciosamente a las normas de la ley o del contrato en perjuicio de alguien. Es una de las causas de nulidad de los actos jurídicos.[1]
2. Fraude, en derecho supone un ataque oblicuo a la ley, pues quien lo comete se ampara en una norma lícita.[2]
3. Fraude, equivale a engaño, que consiste en cualquier falta de verdad debida simulación entre lo que se piensa o se dice o se hace creer, instigando o induciendo a otra persona a actuar en la forma que interesa, o en la falta de verdad en lo que se dice o se hace.[3]
4. Fraude, es un acto cumplido intencionalmente, con la finalidad de herir los derechos o intereses ajenos. Ejemplo, ocultación o malversación; fraude del deudor contra sus acreedores; ventaja indirecta consentida por el decujus en fraude de los derechos de los herederos reservatarios.[4]
Entonces, podemos decir, que fraude es igual a engaño y que es una sustracción hecha a las normas de la ley, induciendo a otra persona a actuar en la forma que le interesa con el fin de procurarse un beneficio, pecuniario o no."
ASÍ, ESTÁ PENADO POR LA LEY Y SE LA PUEDE DEMANDAR PENALMENTE POR INCURRIR EN LA FALTA DEL PAGO DE LOS $90MIL QUE ELLA LE PRESTÓ.
No hay comentarios:
Publicar un comentario